image

El tribunal determinó que el titular del suministro no logró probar que desconocía la actividad ilegal en su propiedad, ampliando el alcance de la responsabilidad penal 

La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) de Paraguay obtuvo el 19 de junio de 2026 una sentencia condenatoria contra Cristian Daniel Jara Villalba y Ramón Martínez Morínigo, declarados autor y coautor de la sustracción ilegal de energía eléctrica destinada a una granja clandestina de criptominería. El Tribunal de Sentencia los condenó a dos años de prisión con suspensión de la ejecución de la condena. 

Por qué Paraguay es un foco de criptominería ilegal 

Paraguay posee algo muy preciado y es su energía abundante, renovable y barata gracias a Itaipú. Lo que convirtió a la criptominería en una forma legítima de monetizar el excedente energético, pero también atrajo operaciones clandestinas que buscan evitar pagar tarifas. 

El titular de la ANDE, Félix Sosa, explicó que la actividad se instaló de forma masiva en el país a partir de 2020, con buena parte de las conexiones irregulares de procedencia china. Las granjas clandestinas llegaron a representar hasta un tercio de todas las pérdidas comerciales de energía a nivel nacional, según el gerente comercial de la ANDE, Hugo Rolón.

El marco legal detrás de las condenas 

En julio de 2024, el presidente Santiago Peña promulgó la Ley 7300, que eleva de 3 a 10 años la pena de prisión por sustracción ilegal de energía eléctrica para fines de criptominería y dispone el decomiso de los equipos y bienes asociados, que pasan a ser administrados por la propia ANDE. 

El fallo del 19 de junio se suma a una serie de condenas similares en los últimos meses. En mayo, un hombre fue condenado a dos años de prisión efectiva en Ciudad del Este por una operación que generó un perjuicio de 381.000 dólares. En diciembre de 2025, otro caso en San Pedro terminó con el comiso de 762 máquinas de minería, el primero de este tipo en el país. En abril de 2026, un operativo en Pedro Juan Caballero incautó seis equipos de minería de Bitcoin tras detectar una conexión irregular que causó un perjuicio estimado de 22.000 dólares. 

Lo que cambia con este fallo 

Hasta ahora, las condenas apuntaban principalmente a quienes ejecutaban o gestionaban directamente la operación de minería. Este fallo amplía el círculo de responsabilidad: el propietario del inmueble donde funcionaba la granja clandestina no pudo demostrar que desconocía la actividad, y eso fue suficiente para que el tribunal lo considerara responsable. 

La ANDE remarcó que este precedente cubrirá también a quienes alquilen o cedan espacios para este tipo de operaciones, lo que cambia el cálculo de riesgo para cualquier propietario que arriende una propiedad sin verificar el uso que se le da. 

Este fallo es una huella contundente de que la persecución legal contra la criptominería clandestina ya no se limita a quien maneja el hardware, sino que alcanza a toda la cadena de facilitadores, incluidos propietarios de inmuebles. 

El país tiene el recurso energético para sostener una industria legítima y rentable, y el camino regulatorio busca consolidar ese modelo en lugar de empujar la actividad hacia la clandestinidad.

Por Rous Espindola

Rous Espindola, parte del equipo de Cripto La Plata, Community Manager para proyectos web3, con 4 años de experiencia en crecimiento de comunidades digitales.Periodista y escritora. BD & comms en Cripto La Plata. Entusiasta en DeFi y Gobernanza. Embajadora de Arbitrum en Argentina.