En el Business Day del Cripto Latin Fest, Jan Domínguez advirtió que tratar criptoactivos como efectivo distorsiona balances. Con un bolívar que perdió más de 500% de poder adquisitivo, el error deja impuestos sin declarar.
Jan Domínguez, CEO de Coin Table, llevó al Business Day del Cripto Latin Fest una advertencia contable que interpela a toda la región. Su intervención fue el 26 de agosto en Bogotá, en el panel “Lo que los reguladores esperan y ven dentro del ecosistema de los activos digitales”.
El mensaje central fue nítido. Los criptoactivos no son efectivo ni equivalente al efectivo. Son activos virtuales y deben registrarse como tales. Esa distinción cambia el resultado fiscal de las empresas.
En Venezuela, donde el bolívar perdió más de 500% de poder adquisitivo, el tema duele. “Eso es brutal. En otros países, inimaginable”, dijo Domínguez. La diferencia entre el costo de adquisición y el valor de realización no es un diferencial cambiario. Es una ganancia o pérdida por intercambio de activos virtuales. Y tiene impacto directo en el enriquecimiento gravable de personas naturales y jurídicas.
Ese es el error que, según describió, cometen muchos comerciantes. Creen que el movimiento afecta su patrimonio en moneda de curso legal como si fuera un diferencial. Para el ponente, no lo es. Es un resultado por operaciones con criptoactivos que debe tributar.
¿Por qué tantas empresas confunden cripto con diferencial cambiario?
Domínguez lo vinculó a un vacío de formación y de norma. Muchos empresarios temen revelar esas operaciones en la contabilidad. A la vez, muchos contadores no dominan el marco de referencia.
“La contabilidad no es sexy, pero es el lenguaje de los negocios. Si no se habla correctamente, va a tener consecuencias”, señaló.
Mencionó el BA VEN-NIF 12, boletín de aplicación de las VEN-NIF, y el trabajo del IASB (International Accounting Standards Board, el consejo que emite las NIIF) en Londres. Su diagnóstico fue que hasta hoy no existe una norma contable exclusiva para criptoactivos y que el órgano rector viene rezagado.
Venezuela, en cambio, tomó un paso temprano en el reconocimiento jurídico. El país cuenta con marco desde 2018, con el decreto sobre criptoactivos y la entonces SUNACRIP. Para Domínguez es uno de los más longevos de la región. El contraste que planteó es que esa longevidad no se tradujo en aplicación rigurosa.
El resultado es conocido para quien opera en el país. Sin criterio uniforme, cada uno contabiliza a su manera. Y esa dispersión abre espacio a abusos y a contingencias fiscales que aparecen tarde.
¿Qué pasa cuando la ley existe pero no se aplica con rigor?
“Tenemos marco jurídico desde 2018, pero paradójicamente no se aplica en su respectivo rigor. Y eso ha permitido que se cometan muchos abusos”, afirmó. La frase resume el diagnóstico venezolano y funciona como espejo para la región.
La comparación es útil. Brasil sancionó su ley de activos virtuales 14.478 a fines de 2022 y aún reglamenta detalles con el Banco Central. Chile avanzó con la Ley Fintec. Argentina registra proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) ante la CNV. Colombia discute proyecto sin radicar. Venezuela legisló antes que todos, pero sin plomería contable clara el avance legal no aterriza en los balances.
Los contadores, dijo Domínguez, tienen trabajo por delante. Deben traducir ese marco en asientos, políticas y revelaciones. No se trata de tecnicismo por tecnicismo. Sin ese aterrizaje, la empresa no sabe si ganó o perdió, ni cuánto debe declarar.
La charla también dejó un dato de contexto para entender la urgencia local. Un impuesto mal calculado en un país con hiperinflación histórica no es un detalle menor. Es una distorsión que se acumula en estados financieros ya presionados por la pérdida de valor de la moneda de curso legal.
De una citación en su casa a una plataforma para la región
El tramo más personal de la intervención conectó con el origen de Coin Table. Domínguez contó que recibió en su domicilio una citación de la Policía Nacional Bolivariana para comparecer en tribunales por una operación P2P en una plataforma.
P2P es peer-to-peer, intercambio directo entre personas sin intermediario centralizado. El audio de la grabación aportada no permite citar ese pasaje de forma textual con plena fidelidad.
Describió dos años de ansiedad y shock por el caso. Y explicó que esa experiencia motivó una solución nacida en Venezuela y pensada para Latinoamérica. La plataforma, dijo, permite registrar todas las transacciones con criptoactivos y medir su impacto fiscal en la contabilidad de personas naturales y jurídicas.
